La Pérdida de la Libertad II


Imagen extraída de Google, con fines ilustrativos

 
 
En el escrito “La Pérdida de la Libertad I”, se hace una relación entre el relato de la gallinita roja, la cual se ve afectada por la galimatía del capitalismo, en el momento que el “sabio granjero” le dice que para gozar de la plenitud de su libertad debe dar del fruto de su trabajo a aquellos holgazanes que no hicieron nada por ayudarle a hornear cinco panes.  Dicho relato se yuxtapone con una fábula de un hombre que sale de viaje con su camello al desierto, quienes son golpeados por una tormenta de arena, en donde poco a poco el amo llega a ser engañado por su camello al utilizar los mismos artilugios que utilizan los gobernantes, al grado de quedarse fuera de la tienda que lo protegía.
 
Obsérvese lo que sucede, toda aquella persona que posee una intención clara de lo que desea, puede lograrlo por medio de pequeños pasos, de los cuales dará uno a la vez, con la sagacidad suficiente podrán engañar a muchas personas en este proceso.

En la actualidad, existen muchas formas para hurtar de manera legal, una de ellas se puede observar en la dicotomía existente entre la Constitución Política de la República de Guatemala y su práctica.  En el Artículo Dos Deberes del Estado, establece que “Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona”, los jurisconsultos también señalan que es "obligación del Estado el garantizar no sólo la libertad, sino también otros valores, como son los de la justicia y el desarrollo integral de la persona…”.

Se puede decir que las leyes guatemaltecas protegen los derechos inherentes al ser humano, sin embargo, en la práctica, esto es completamente diferente.

Para empezar, habla de la persona como un ser humano, sin identificación o etiqueta particular alguna, pero en la realidad guatemalteca esto no se da, pues se marca una gran diferenciación según el sexo y la etnia del individuo, en donde no siempre la mujer o el indígena son los más desprotegidos, sino todo lo contrario a lo que se dice comúnmente.

Una forma simple de observar este hecho es que en los Juzgados del país, existe un orden de protección, en donde prevalecen primeramente los derechos del niño, seguido de los derechos de la mujer, por último el varón.

Pero a esto es necesario agregar otra variante, si la mujer es de origen indígena, tiene preeminencia sobre los derechos de la mujer mestiza o latina.

Es lógico pensar que se protege en este caso al más débil, por ello se da un orden de prioridad, al empezar con los niños y posteriormente a la mujer, lo que vulnera por completo los derechos del varón ante este hecho.  No se entrará en debate si es correcta o no la ley de protección a la niñez y la mujer, sino de sus efectos.

Es bien sabido que históricamente, ha existido una marcada tradición sobre el patriarcado en las familias guatemaltecas, principalmente en el área rural, por tal motivo, las mujeres se llegan a considerar un blanco fácil de agresión, lo cual motiva crear los mecanismos necesarios para protegerla, por ello en el dos mil ocho entran en vigencia estas normativas legales.

En este punto, es necesario entrar en una campaña de concientización, en donde se victimiza de forma desmedida a la mujer, se instruye a las niñas, jovencitas y mujeres en general que denuncien si se consideran que son violentados sus derechos, ya que la ley las protegerá.

Como parte de este trabajo, también se hacen todos los esfuerzos posibles para que la mujer posea aquellos derechos de los cuales había sido despojada en el transcurso del tiempo, que los exigiera, porque ella fue víctima históricamente, por lo que ya era tiempo de que pudiese sentirse segura.

Se podrá decir, que era necesario hacer este tipo de reformas en el país e incluso que se había tardado mucho en establecer un estamento que ayudará a protegerla, ya que las intenciones de la misma eran nobles y muy respetuosos.

Hoy, doce años después de realizar un trabajo arduo para que la mujer pudiese tener un espacio en la sociedad, resulta que tiene tanta protección como privilegios, que nunca se ocuparon en indicar que cada derecho trae consigo obligaciones y responsabilidades inherentes unas de otras, además, que las mismas son irrenunciables.

Todo esto provoca que hoy por hoy, sea el varón quien pierda su derecho expresado en el Artículo Cuatro Libertad e igualdad, de la misma Constitución Política de la República de Guatemala, el cual reza: “En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos.  El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades.  Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad.  Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre sí”.

Irónicamente, el mismo cuerpo legal indica claramente que el sometimiento de una persona a otra la constituye en su sirviente, lo cual queda expresamente prohibido, pese a ello y como consecuencia de los diferentes tratados internacionales ratificados en Guatemala, contradicen de forma directa las leyes de una nación.

Nuevamente, las intenciones no eran malas, sin embargo, las normativas interpuestas por órganos que desconocen la realidad de cada situación, exigen que se apliquen leyes en pro de sus intereses, puesto que mientras más casos reporten de violencia contra la mujer, en cualquiera de sus manifestaciones, recibirán más fondos, por lo que al final, si la mujer es o no víctima, se constituye en un negocio altamente lucrativo para ellos, ya que nunca reportan aquellos casos que son falsos, sino únicamente las demandas recibidas.

Así como este caso, se pueden enumerar muchos otros, inclusive lo que aqueja en la actualidad al mundo, con la Pandemia del Coronavirus COVID-19, en donde el gobierno lucra y paga favores políticos a costa de la vida de los ciudadanos por medio del pánico que infunden en la población, para justificar sus “buenas obras en pro del bienestar común de la población guatemalteca”.

Es importante enfatizar que nadie, absolutamente nadie, en su sano juicio estará dispuesto a perder su libertad de actuar de un solo golpe, pues de alguna manera u otra es consciente de su situación actual, sin importar cuál sea, es mucho mejor que aquella en la que se le prive de todo, particularmente que el fruto de su trabajo sea para otros que no son capaces de ser autosuficientes, ya que esto implicaría ser esclavo de aquel a quién debe entregar en un supuesto voluntario sus ganancias obtenidas, sin más ni más.

Es por ello que la pérdida de la libertad individual, únicamente se alcanza por medio de pequeños artilugios, prácticas, actos, discursos o favores, e inclusive, por el evitar confrotamientos se llega a ceder poco a poco, al grado de alcanzar el punto de no retorno.

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