Tal y como se indicaba en la nota
anterior, la sociedad guatemalteca, en la actualidad se encuentra en un declive
social tan marcado, que el único fin será la misma sima de la humanidad, siendo
uno de los factores de dicho suceso, la creciente intervención del poder legislativo
en los asuntos que no le conciernen o competen.
Si bien es cierto, que la
separación de poderes, es una premisa fundamental, sobre la cual se debe construir la democracia, lo que seguidamente
puede llegar a derivar en un Estado de Derecho, no implica que deba existir un
divorcio entre los poderes del legislativo y jurídico.
Pero, ¿qué tipo de separación
debe existir, sin que sea un divorcio?, suena contradictorio esto. Los poderes del estado, deben estar
completamente separados, por la simple razón que no deben existir leyes
privadas, ejecutadas por el estado, o como se conocen comúnmente, los
privilegios de unos sobre otros, detentando los derechos de la minoría; lo
único que se alcanzará con este modelo, será el retroceso de los pocos avances
democráticos existentes en Guatemala.
Dicha separación, se constituye,
en no hacer normas o reglas, para personas o circunstancias específicas;
promoviendo así la soberanía e independencia de los poderes, en donde la
influencia de uno, no alcance al otro, a menos que sea por las normas establecidas
en las leyes.
Ahora bien, el divorcio, es igual
o mucho más destructivo, puesto que al momento de legislar, ningún ser humano,
común y corriente, va a tener todo el conocimiento y la capacidad para normar
todo lo que una sociedad necesita, y tampoco sabrá a ciencia cierta si lo
legislado, es la mejor opción, únicamente podrá evaluar si el impacto fue el
deseado, para el bien común de los pobladores, o por el contrario, ayudó a que
los ciudadanos se encuentren más desprotegidos.
Este resultado, sólo se
apreciará, por medio del ensayo, es decir, a prueba y error. Y los únicos que pueden decir si es fácil su aplicación,
y de buenos resultados, son los mismos ejecutores de dichas legislaciones. Razón por la que se hace imperante, que
exista una retro alimentación de las leyes nuevas y existentes, y de cómo éstas
ayudan a conservar o a destruir lo que se encuentra normado.
Si bien es cierto, no se puede
ser juez y parte, es completamente necesario, que se tome en cuenta el impacto
social que generan las decisiones tomadas por el Congreso de la República,
quienes por desdicha para los ciudadanos, los diputados de lo que menos saben y
conocen, es del Estado de Derecho, ya que tienen la vacía idea, de que la única
forma para resolver los problemas de los guatemaltecos, es por medio de la
formulación de leyes; los más lamentable, es que los mismos pobladores, siendo
aún más ignorantes, miden el trabajo y eficiencia de gobernanza por medio de la
cantidad de iniciativas de leyes propuestas y aprobadas.
Por lo tanto, los juzgadores y
aplicadores de la ley, debiesen ser imparciales y objetivos, al momento de
observarla, defendiendo lo que tanto el ser humano anhela y busca, el ad
libitum, ya que los jueces, debiesen ser los portadores y la boca de la ley, sin
embargo, éstos se ven presionados por los diferentes entes del estado, incluso
de la misma población, dejando así, de ejecutar la norma legal, recurriendo a ciertos
criterios, los cuales se desconocen si están o no dentro del marco de la constitución,
creando así una arbitrariedad en las normas previamente establecidas.
Es ahí, en donde el divorcio de
dichos poderes, afecta grandemente al ciudadano, para bien, o mal, ya que la
norma general, deja de tener prevalencia en una sala del juzgado, sino que es
el juez quien, según su estado anímico, intereses, fines o deseos, éste podrá
dictaminar lo que le plazca, sin que nadie pueda objetar que no se encuentra
apegado a la ley.
